Sucre, 28 de abril de 2021 (AJN) . – La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia aprobó el Proyecto de Ley Recurso de Casación en Materia Laboral y Ejecución Provisional de Sentencias, presentado por la magistratura de Chuquisaca, que propone modificar los artículos 52, 213 y 217 del Código Procesal del Trabajo, incorporando cuantía en recursos de casación; es decir, cuando la pretensión sea de naturaleza económica y está expresada en dinero, debiendo superar 40 salarios mínimos nacionales, como también la ejecución parcial de la sentencia aun cuando se hubiere interpuesto recurso de apelación o casación, por los importes correspondientes a la parte de la condena que hubiere quedado ejecutoriada, garantizando el derecho al debido proceso, a una justicia pronta, oportuna, sin dilaciones y en procura de otorgar a los trabajadores bolivianos una tutela judicial efectiva.
El Magistrado del TSJ electo por Chuquisaca, Lic. José Antonio Revilla Martínez, afirmó que el proyecto se trabajó a detalle tomando aspectos desde la experiencia de ambas Salas Sociales del TSJ, “Como antecedentes los procesos laborales por cobro de beneficios sociales, sujetos al carácter social del derecho, resultan inequitativos por cuanto hay procesos de personas económicamente débiles, cuyos procesos llegan al Tribunal Supremo de Justicia por cuantías mínimas como 2.000 Bs. o 7.000 Bs.”, aseguró.
La magistratura de Chuquisaca expuso además al Pleno, los motivos de carácter doctrinal, jurisprudencial y sobre todo de legislación comparada para modificar tres artículos del Código Procesal de Trabajo haciendo referencia a que un gran porcentaje de empleadores utilizan el recurso de casación como una acción dilatoria más, no obstante que los Juzgados del Trabajo y Seguridad Social y las Salas Sociales, emitieron resoluciones favorables a los demandantes, incrementándose de esa manera innecesariamente la carga procesal en Salas Contenciosas, Contenciosas Administrativas, Sociales y Administrativas del TSJ.
Como también expresó que el derecho a la tutela judicial efectiva no sólo garantiza la obtención de una respuesta judicial razonable y fundada en Derecho, con independencia de cuál sea su contenido material, sino que incluye también el derecho a que las resoluciones judiciales firmes se ejecuten, por lo que propone la ejecución parcial de la sentencia por los importes correspondientes a la parte de la condena que hubiere quedado ejecutoriada. Persiguiendo especialmente la desincentivación de interponer recursos con finalidad meramente dilatoria.
“Es un trabajo medianamente serio, no es una sola idea en movimiento, sino que se basa en movimientos estadísticos de los recursos de casación que tenemos en el TSJ y estudios de apelaciones en los TDJ para concluir y en la legislación latinoamericana estableciendo parámetros correspondientes”, concluyó la autoridad judicial. El proyecto, como iniciativa de Chuquisaca, fue presentado a Sala Plena que aprobó el mismo y una vez tenga la resolución de Sala Plena será enviado como iniciativa legislativa del TSJ en materia de Reforma de Códigos.