¿QUÉ ES EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA?
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es la máxima instancia de la jurisdicción ordinaria, cuya función es impartir justicia en materia civil, comercial, familiar, niñez y adolescencia, tributaria, administrativa, trabajo y seguridad social, anticorrupción, penal y otras que señale la norma.
La sede del Tribunal
El Tribunal Supremo de Justicia digno Monumento Nacional construido a lo largo de veinte años, entre 1925 y 1945, abre sus puertas a la población para sus visitas….
SALA PLENA
Número de Magistrados
El Tribunal Supremo de Justicia está integrado por nueve Magistradas o Magistrados Titulares que conformarán Sala Plena y nueve Magistradas o Magistrados Suplentes. (Ley 025, artículo 33)
Periodo de funciones de los Magistrados
Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, tendrán su período de mandato por seis años computables a partir del día de su posesión y no podrán ser reelegidas ni reelegidos. (Ley 025, artículo 35)
Atribuciones de la Sala Plena
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia tiene las siguientes atribuciones (Ley 025, artículo 38) :
1. Dirimir conflictos de competencias suscitados entre los Tribunales Departamentales de Justicia y de juezas o jueces de distinta circunscripción departamental;
2. Conocer, resolver y solicitar en única instancia los procesos de extradición;
3. Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato;
4. Designar, de las ternas presentadas por el Consejo de la Magistratura, a las o los vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia;
5. Elaborar proyectos de leyes judiciales y presentarlos a la Asamblea Legislativa Plurinacional;
6. Conocer y resolver casos de revisión extraordinaria de sentencia;
7. Conocer en única instancia, las excusas y recusaciones de las magistradas y magistrados;
8. Homologar las sentencias dictadas por tribunales del extranjero para su validez y ejecución en el Estado boliviano y aceptar o rechazar los exhortos expedidos por autoridades extranjeras;
9. Sentar y uniformar la jurisprudencia;
10. Organizar la conformación de sus salas de acuerdo con sus requerimientos y necesidades, y comunicar al Consejo de la Magistratura;
11. Organizar y conformar comisiones especializadas de trabajo y coordinación, conforme a sus necesidades;
12. Reasignar y ampliar las competencias de tribunales de sentencia y juzgados públicos, dentro de la jurisdicción departamental en coordinación con el Consejo de la Magistratura;
13. Elaborar el presupuesto anual de la jurisdicción ordinaria;
14. Emitir cartas acordadas y circulares;
15. Dictar los reglamentos que le faculta la presente Ley; y
16. Otras establecidas por ley.