Gestión de denuncias de particulares y de oficio, Ley 974
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Información Financiera
Enlace a la web de la Dirección Administrativa Financiera (DAF) acerca de Presupuesto Institucional, Fuentes de Financiamiento, Planes estratégicos, Planes Operativos Anuales (POA), Ejecución Presupuestaria y otros.
MISIÓN Y VISIÓN DE LA UTLCC
Misión
“La Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción del Tribunal Supremo de Justicia, es responsable de promover mecanismos y acciones de prevención, gestionar denuncias de particulares y de oficio, para establecer posibles actos de corrupción; asimismo, asegura el acceso a la información pública y planificar la rendición pública de cuentas”.
Visión
“La Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción del Tribunal Supremo de Justicia, como situación ideal, contribuye a la Lucha contra la Corrupción, en el marco de la prevención, traNsparencia y la gestión de denuncias, desarrollando la ética pública en el comportamiento de los servidores públicos, bajo una cultura de cero de tolerancia hacia la corrupción”.
OBJETIVO DE LA UTLCC:
Generar e implementar mecanismos de prevención y transparencia; gestionar denuncias de particulares o de oficio, solicitando elementos de pruebas, a fin de establecer y determinar posibles actos o hechos de corrupción; así, como asegurar el acceso a la información pública, exigiendo a las instancias correspondientes la otorgación de información de carácter público y planificar, coordinar con la MAE, en el proceso de rendición pública de cuentas.
FINALIDAD Y ALCANCE
La UTLCC del Tribunal Supremo de Justicia, tiene la finalidad de promover e implementar políticas y medidas de prevención, transparencia y lucha contra la corrupción; así, como de gestionar denuncias por posibles hechos o actos de corrupción en el Tribunal Supremo de Justicia, Escuela de Jueces del Estado, Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial y Tribunales Departamentales de Justicia.
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
La UTLCC del Tribunal Supremo de Justicia, está conformada, por las o los servidores públicos designados en Sala Plena del TSJ, bajo la siguiente estructura:
- Jefe de Unidad.
- Responsable de prevención, promoción de la ética y transparencia.
- Responsable de lucha contra la corrupción.
- Auxiliar (personal de apoyo).
INDEPENDENCIA Y ORGANIZACIÓN
a). La UTLCC, en el cumplimiento de sus funciones relacionadas a la gestión de denuncias por posibles hechos o actos de corrupción es independiente.
b). En el cumplimiento de las funciones relacionadas a transparencia y prevención, deberá coordinar sus labores con la máxima autoridad del Tribunal Supremo de Justicia; en la Escuela de Jueces y en la Dirección Administrativa y Financiera con la máxima autoridad ejecutiva.
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA UTLCC, EN ATENCIÓN LA LEY 974
I. Son funciones de las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, en el marco de la presente Ley, las siguientes:
LA LEY 974 ARTÍCULO 10. (FUNCIONES)
1. Promover e implementar planes, programas, proyectos y acciones de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción.
2. A denuncia o de oficio, gestionar denuncias por posibles actos de corrupción. Cuando se advierta la existencia de elementos que permitan identificar posible responsabilidad penal, denunciar ante el Ministerio Público y remitir copia de la denuncia a la Máxima Autoridad.
3. Proponer a la Máxima Autoridad, la aprobación de reglamentos, manuales, guías e instructivos, en materias referidas a sus funciones.
4. Desarrollar mecanismos para la participación ciudadana y el control social
5. Planificar, coordinar, organizar y apoyar a la Máxima Autoridad en el proceso de rendición pública de cuentas y velar por la emisión de estados financieros, informes de gestión, memoria anual y otros.
6. Asegurar el acceso a la información pública, exigiendo a las instancias correspondientes en la entidad o institución, la otorgación de información de carácter público, así como la publicación y actualización de la información institucional en Transparencia y Lucha contra la Corrupción, salvo en los casos de información relativa a la defensa nacional, seguridad del Estado o al ejercicio de facultades constitucionales por parte de los Órganos del Estado; los sujetos a reserva o los protegidos por los secretos comercial, bancario, industrial, tecnológico y financiero, en el marco de la normativa vigente.
7. Promover el desarrollo de la ética pública en las servidoras, servidores y personal público.
8. Implementar, en coordinación con su entidad o empresa pública, los lineamientos establecidos por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.
9. Alimentar el portal de transparencia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la información generada en el marco de sus funciones.
10. A denuncia o de oficio, gestionar denuncias de negativa injustificada de acceso a la información, en el marco de la presente Ley.
11. A denuncia o de oficio, gestionar denuncias por posibles irregularidades o falsedad de títulos, certificados académicos o profesionales de servidoras, servidores, ex servidoras o ex servidores públicos.
12. Realizar seguimiento y monitoreo a los procesos administrativos y judiciales que emerjan de la gestión de denuncias efectuadas.
13. Realizar seguimiento y monitoreo de los procesos en los que se pretenda recuperar fondos o bienes del Estado sustraídos por actos de corrupción.
14. Solicitar de manera directa información o documentación, a servidores públicos o personal de empresas públicas, áreas o unidades de la entidad o fuera de la entidad, para la gestión de denuncias.
15. Denunciar ante la Máxima Autoridad, cuando se advierta la existencia de elementos que permitan identificar y establecer posibles actos de corrupción en procesos de contratación en curso, para que de forma obligatoria la Máxima Autoridad instruya la suspensión inmediata del proceso de contratación.
16. Solicitar el asesoramiento técnico de otras unidades de la misma entidad o empresa pública, de otras entidades competentes externas o la contratación de especialistas, cuando la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción no cuente con el personal técnico calificado para el cumplimiento de sus funciones, vinculadas a la gestión de las denuncias correspondientes.
II. Las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, cumplen sus funciones únicamente en la entidad o empresa pública de las que son parte, salvo las previsiones de coordinación establecidos en la presente Ley
III. Las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, son independientes en el cumplimiento de sus funciones en la lucha contra la corrupción. En el cumplimiento de las funciones de transparencia y prevención, deberán coordinar con la Máxima Autoridad de la entidad o empresa pública de las que son parte.
PILARES FUNDAMENTALES DE LA UTLCC DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
La Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción del Tribunal Supremo de Justicia, basa sus funciones y objetivos, bajo cinco pilares fundamentes a decir:
a) Promover planes y programas de transparencia y prevención, sobre:
La ética pública
Las conductas de los servidores públicos deben estar enmarcadas dentro del principio del interés común como posibilidad de alcanzar la confianza ciudadana y mejorar los estándares de eficiencia.
Para alcanzar conductas éticas deseables es fundamental iniciar procesos internos que desarrollen e implementen nuevas habilidades del talento humano en busca de sentido y gusto por los valores, así como la construcción de marcos que se enfrenten al individualismo, la indiferencia, la apatía y la ausencia de sentido de permanencia en el ejercicio de sus funciones.
El componente de ética pública, procura dos momentos imprescindibles, la incorporación de la ética en el ejercicio de los funcionarios y el cumplimiento del Código de Ética.
Formación de valores
La entidad en la gestión pública, debe incorporar en las prácticas de los servidores públicos, mejoras en los ambientes éticos y laborales, para lo cual es necesaria la capacitación sobre derechos humanos y ética pública a todos los miembros de la institución y generar las buenas prácticas, mediante talleres y seminarios. El resultado final será delimitación de los valores éticos más preciados por los servidores públicos de la institución.
Ambientación ética
La ambientación ética, es necesaria y propicia para generar escenarios indispensables para sensibilizar y motivar a los diversos mandos la participación activa en la generación de ambientes éticos adecuados en la institución pública, emergente de debates éticos, mediante seminarios y talleres, detectando las mayores problemáticas éticas de la entidad y las normas de conducta humana.
c) Asegurar el acceso a la información pública.
Este elemento o tarea esencial que ejerce como función la UTLCC, es un derecho de todo ser humano, al acceso a la información que es fundamental para el ejercicio democrático y la toma de decisiones, esencial para que las personas puedan ejercer sus derechos, habilitándolas para ejercer un control social, sobre aquellos que detentan y administran el poder.
El derecho de acceso a la información pública en Bolivia, ha tenido la atención mediante la promulgación de normativa, tal es el caso del Decreto Supremo 27329 de 31 de enero de 2004 y posteriormente el Decreto Supremo 28168 de 17 de mayo de 2005, decretos que tienen el objeto garantizar el acceso a la información, como derecho fundamental de toda persona y la transparencia en la gestión de las entidades pública del Estado.
d) Rendición pública de cuentas.
Se entiende por Rendición Pública de Cuentas, a la acción de toda institución de poner a consideración de la sociedad civil organizada, los resultados obtenidos en la gestión, así como el cumplimiento de las normas jurídicas vigentes.
En la rendición de cuentas, se debe realizar un análisis de la Programación de Operaciones Anual y Presupuesto, para que en función a los mismos, se prioricen resultados estratégicos a comprometer; es decir, en función a la planificación y el presupuesto actual con el que se cuenta, la institución debe seleccionar los resultados de gestión, considerados de más relevancia e impacto teniendo en cuenta el contexto de las políticas públicas e institucionales.
La identificación de los resultados a comprometer, debe partir del cumplimiento de tres principios elementales:
- Transparencia: inclusión en la gestión.
- Impacto Institucional.
- Beneficio Ciudadano.
Aunque la predominancia de cualquiera de los elementos, varía según la característica de la institución pública.
Por otra parte, el resultado debe estar enmarcado en lo dispuesto por el Plan Nacional de Desarrollo y la Política Pública del Área de Gestión de la institución.
La Rendición Pública de Cuentas, en síntesis es la presentación de los resultados logrados e informar a la sociedad civil organizada. En el caso del Tribunal Supremo de Justicia, esta práctica, se ha institucionalizado; es así que la entidad, rinde cuentas, por lo menos dos veces al año, conforme determina el art. 37. IV) de la Ley 341 de Participación y Control Social, establece que: “La rendición pública de cuentas se realizará al menos dos veces al año, de manera semestral…”.
e) Portal de información de transparencia del Estado Plurinacional de Bolivia.
- Se alimenta de información pertinente al Sistema de Información de Transparencia, Prevención y Lucha contra la Corrupción (SITPRECO), que fue elaborado por el Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, para poner en línea a todas las Unidades de Transparencia y Lucha contra la Corrupción de las entidades públicas del país y tener un sistema rápido y transparente de denuncias; generando además, un monitoreo permanente a las Rendiciones Públicas de Cuentas, que permite la coordinación entre instituciones públicas del Estado.
- El personal de la UTLCC del Tribunal Supremo de Justicia, se capacitó en la ciudad de La Paz, sobre el manejo del sistema de información llamado SITPRECO; capacitación que ha sido autorizado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de la Unidad, con el objeto de conocer el manejo del Sistema de Información de Transparencia, Prevención y Lucha contra la Corrupción SITPRECO, e implementar dicho sistema, alimentando la información en el portal de Transparencia del Vice Ministerio de Justicia.
- En el ámbito de transparencia institucional, se ha generado y alimentado en el portal de transparencia del SITPRECO, enviando información relativa a la Rendición Pública de Cuentas Final de la gestión 2018, información que tiene que ver con la gestión dentro la administración de justicia en el TSJ; logros alcanzados; el presupuesto asignado y ejecutado; la metodología utilizada en el acto público, la convocatoria de la misma, constancia de participación de los actores sociales y número de participantes en el acto, documento digital del informe de la MAE, y el acta de la audiencia pública elaborado por el Notario de Fe Púbica.
- Asimismo, se está enviando y subiendo al portal de información las gestiones de las denuncias recibidas y las resoluciones finales en las que se establecieron responsabilidades sean estas civiles, penales, administrativas o archivo de antecedentes de cada uno de los trámites.