Sucre, 21 de octubre (AJN). – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) enmarcado en el convenio interinstitucional de una acción oportuna en casos de Feminicidio y violencia sobre sectores vulnerables de la sociedad, emitió en octubre el Auto Supremo(AS) 962/2019 en el que se declara infundado el recurso de casación interpuesto por David R. Vizcarra, acusado por el Feminicidio de María Isabel Pilco.
En noviembre del 2014 la víctima perdió la vida tras ser golpeada brutalmente por quien era en ese entonces su pareja, David Vizcarra, quien además le negó acceso a una atención médica oportuna, en abril de la gestión 2019 Vizcarra interpone un recurso de casación en Sala Penal del TSJ dentro del proceso seguido por el Ministerio Público y el señor Víctor Pilco.
El Tribunal Supremo de Justicia, Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, el Servicio Plurinacional de la Mujer y Despatriarcalización, Ministerio Público y la Policía suscribieron en agosto un convenio de Cooperación Interinstitucional, “el objeto tomar medidas articuladas en casos en favor de victimas de feminicidio, violación y violencia contra sectores vulnerables a nivel nacional, es en ese marco que el Tribunal Supremo de Justicia identificó un caso de Feminicidio y la sala Penal dio celeridad al proceso llegando a emitir un Auto Supremo y dando cumplimiento al compromiso adquirido por la instancia judicial”, señaló James Liquitaya, Abogado asistente del TSJ.
El mes de agosto el TSJ emitió el Instructivo 24/2019 para cada Tribunal Departamental de justicia a fin de identificar y resolver con prioridad los casos por delitos de feminicidio y violación contra niños, niñas, adolescentes y mujeres en casos iniciados desde la gestión 2013.