Sucre, 29 de enero (A.J.N).- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por los Magistrados Olvis Egüez Oliva y Edwin Aguayo Arando, modificó las medidas sustitutivas levantando el arraigo a Samuel Doria Medina en el caso FOCAs argumentando que el imputado cumplió los 60 años.
Esta instancia judicial fundamentó su decisión en el artículo 67 de la Constitución Política del Estado que establece que las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana.
“La Sala Penal del TSJ por la facultad conferida en los artículos 44 y 315 del procedimiento penal resuelve declarar fundado el incidente de modificación de medidas sustitutivas a la detención preventiva opuesta por Samuel Doria Medina Auza, determinándose el levantamiento del arraigo debiendo el imputado comunicar su ingreso y salida del país ante la Fiscalía General del Estado cuando tenga que ausentarse del país manteniendo las demás medidas impuestas” remarcó el Magistrado Olvis Egüez, presidente de Sala.
Las medidas sustitutivas que se mantienen para el imputado son la anotación preventiva de sus bienes, presentarse ante el Ministerio Público y la fianza de 200 mil bolivianos.
El Ministerio Público imputó a Samuel Doria Medina por daño económico al Estado en su calidad de Ministro de Planeamiento entre 1991 y 1992 en el denominado caso Focas (Formación de Capital en Áreas Secundarias).
La audiencia inició a las 15:40 del martes 29 de enero y se extendió hasta las 19:30 horas.