La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declaró infundado el incidente que pretendìa la modificación de la medida cautelar de arraigo al imputado Samuel Doria Medina, en el marco del Caso Focas (Formación de Capital en Áreas Secundarias).
Medina, sostuvo que esta medida cautelar es perjudicial para su derecho a la libre locomoción y que la misma afecta a su trabajo, recordando que es el único imputado en este caso con arraigo.
Mediante la resolución 016/2019 con fecha 29 de mayo se determinó la prohibición de salida del país sin autorización del Tribunal Supremo de Justicia y que debe presentarse ante el juez.