Los incidentes y excepciones presentados por algunos imputados en los casos FOCAS Y ENFE fueron rechazados por el Tribunal Supremo de Justicia, informó este lunes la magistrada de la Sala Penal Maritza Suntura Juaniquina.
En el caso de FOCAS (Formación de Capital en Áreas Secundarias) interpusieron excepción de prescripción los señores Samuel Doria Medina, Raúl España Smith y Juan Demeure Bander, recurso que habiendo sido tramitado de acuerdo a las normas correspondientes fue rechazado, declarándolo infundado, en mérito al art. 112 de la Constitución Política del Estado que señala que los delitos cometidos por servidores públicos que atenten contra el patrimonio del estado y causen grave daño económico al estado, son imprescriptibles y no admiten régimen de inmunidad.
Asimismo, en el caso de la excepción de prescripción opuesta por Samuel Doria Medina, éste presentó apelación; el mismo que a la fecha se encuentra en trámite con el fin de que Sala Plena determine qué Sala, del mismo Tribunal Supremo de Justicia, conocerá el mencionado recurso.
En el caso referido a la privatización de la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE), el imputado Jaime Eduardo Villalobos Ramírez, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa, y excepciones de falta de acción, incompetencia y prescripción. “Los tres primeros, vale decir, el incidente de actividad procesal defectuosa y las excepciones de falta de acción e incompetencia fueron rechazadas por cuanto fueron presentadas fuera del plazo que establece la ley”, agregó la autoridad judicial al ratificar que la excepción de prescripción también fue declarada infundada en aplicación del ya citado art. 112 de la CPE.
ANOTACIÓN PREVENTIVA
La magistrada Suntura afirmó que ambos casos (ENFE y FOCAS) están todavía en etapa de investigación, bajo el control jurisdiccional de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia y que, con esa facultad, conocen que el Ministerio Público solicitó las anotaciones preventivas de los bienes de algunos de los imputados, por lo que justamente las dos magistradas de la Sala Penal, Maritza Suntura Juaniquina y Norka Mercado Guzmán verificarán si estas medidas se encuentran dentro del marco legal.
La autoridad judicial manifestó que los delitos formulados por el Ministerio Público en la proposición acusatoria son incumplimiento de deberes, contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica previstos y sancionados por los arts. 154, 221 y 224 del Código Penal.
Sucre, 16 de mayo de 2016
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