El primero de ellos se refiere a la simplificación de las notificaciones procesales, es decir las partes estarán registradas en un buzón electrónico para ser notificadas, por lo que las partes ya no esperarán tiempo e inviertan dinero para que un documento llegue físicamente a manos de un abogado o de su defendido.
El segundo eje se refiere a la limitación de la detención preventiva. Hoy, la aplicación de la detención preventiva es la regla y no la excepción. Con la ley, se debe dar un plazo de duración a la detención preventiva y a los hechos investigativos porque la lógica de nuestro sistema debe, principalmente, presumir la inocencia de la persona acusada.
El tercer eje explica el afianzamiento de la oralidad. La transcripción de actas, testimonios y juicios toman semanas y retrasan los procesos. Ahora, los procesos serán orales en un 100% porque serán registrados en audio/video. Todo ese sistema escriturado antiguo será anulado.
El cuarto eje señala el reajuste competencial que plantea la nueva ley en cuanto a los delitos graves y delitos comunes. Hay un total de 54 delitos graves que serán de conocimiento de un tribunal de 3 miembros; el resto de delitos será atenido por tribunales unipersonales. Con esto se reacomodarán los juzgados del país y se dará celeridad a los procesos que tanto necesita la nación boliviana.
El quinto eje se refiere a la creación de oficinas gestoras de procesos en los nueve departamentos. Estas oficinas, con la implementación de herramientas tecnológicas, se encargarán de que partes, fiscales y jueces sean notificados y estén presentes en los procesos.
En cuanto al último eje, se refiere al fortalecimiento de la Ley Nº 348 para luchar contra la violencia hacia las mujeres.
Esta ley entraría en vigencia el 30 de septiembre. Se tienen 150 días para hacer un trabajo profundo de la construcción de mecanismos necesarios para esta verdadera renovación y revolución en la justicia penal de nuestro país.